La Inspecció de Trabajo realiza desde junio 806 requerimientos por incumplimiento de la normativa sobre riesgo de golpe de calor en la campaña que se desarrolla en verano

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La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), ha realizado desde junio 806 requerimientos por incumplimiento de la normativa sobre riesgo de golpe de calor, en el marco de la campaña que se desarrolla en verano para prevenir esta circunstancia.

La campaña se desarrolla durante los meses de junio, julio y agosto y va dirigida a actividades como la jardinería, la recogida de residuos, la limpieza viaria, los invernaderos, el sector agrario, la construcción, las lavanderías industriales, las tintorerías y la hostelería.  Son actividades donde la exposición a altas temperaturas es mas elevada, independientemente de que durante los meses de verano el factor temperatura es revisado por la Inspección en todas las visitas que se realizan a los centros de trabajo.

En lo que llevamos de junio y julio, la inspección de trabajo ha realizado un total de 906 visitas y ha remitido a las empresas 13.186 cartas de carácter informativo, recordándoles cómo deben proceder para evitar los golpes de calor como consecuencia a exposiciones a altas temperaturas. 

La directora general de Trabajo, Bienestar Social y Seguridad Social, Elvira Ródenas ha explicado que “es obligación de las empresas, tal y como establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a través de su servicio de prevención propio o a través del servicio ajeno que tengan contratado, evaluar el riesgo de golpe de calor que puedan tener el personal a su servicio y establecer las medidas de protección y prevención adecuadas para el desarrollo de la actividad profesional. El riesgo de exposición de las personas trabajadoras a las altas temperaturas es perfectamente previsible".

Según Ródenas, “las empresas que no tengan en cuenta las medidas de prevención para evitar el riesgo de golpe de calor pueden tener multas importantes. La infracción será considerada grave y la multa puede ir desde los 2.451 euros a los 49.180 euros. Pero si la infracción se considera muy grave, la multa podría ir de los 49.181 euros a 983.736 euros”.

El pasado mes de junio se comunicaron en la Comunitat Valenciana 4 partes de accidentes laborales por alta temperaturas, uno de ellos grave. Fue en Calpe y lo sufrió un empleado de jardinería. Los otros tres fueron leves y se produjeron en obras de construcción.

Efectos sobre la salud de las personas trabajadoras de la exposición al calor

Síncope por calor:  La pérdida de conciencia o desmayo son signos de alarma de sobrecarga térmica. La permanencia de pie o inmóvil durante mucho tiempo en un ambiente caluroso con cambio rápido de postura puede producir una bajada de tensión con disminución de caudal sanguíneo que llega al cerebro. Normalmente se produce en trabajadores no aclimatados al principio de la exposición al calor.

Deshidratación y pérdida de electrolitos:La exposición prolongada al calor implica una pérdida de agua y electrolitos a través de la sudoración que puede traducirse en problemas gastrointestinales y calambres musculares.

Agotamiento por calor: Se produce principalmente cuando existe una gran deshidratación. Los síntomas incluyen la pérdida de capacidad de trabajo, disminución de las habilidades psicomotoras, náuseas, fatiga, etc. Si no es una situación muy grave, con la rehidratación y el reposo se produce la recuperación del individuo.

Golpe de calor: Se trata del efecto más grave y se desarrolla cuando la termorregulación ha sido superada, y el cuerpo ha utilizado la mayoría de sus defensas para combatir la hipertermia. Se caracteriza por un incremento elevado de la temperatura interna por encima de 40,5 °C, y la piel caliente y seca debido a que no se produce sudoración. En este caso es necesaria la asistencia médica y hospitalización debido a que las consecuencias pueden ser importantes y mantenerse durante algunos días.

Algunas medidas que las empresas pueden adoptar:

  1. Verificar, por parte del empresario, las condiciones meteorológicas e informar de ello a sus trabajadores y trabajadoras. Informarles sobre los riesgos relacionados con sus tareas, con el calor, sus efectos y las medidas preventivas que hay que adoptar.
  2. Evaluar los riesgos, garantizar a los trabajadores y trabajadoras una vigilancia de la salud específica y adoptar medidas preventivas en las situaciones en las que pueda producirse un golpe de calor, teniendo en cuenta las propias características de las personas trabajadoras.
  3. Tener en cuenta en la evaluación de riesgos los factores individuales de riesgo, como son la edad, la obesidad, la hidratación, el consumo de medicamentos o bebidas alcohólicas, el género y la aclimatación.
  4. Evitar, o al menos reducir, el esfuerzo físico durante las horas más calurosas del día, limitando las tareas pesadas que requieran un gasto energético elevado. Ajustar los horarios de trabajo. Planificar las tareas más pesadas en las horas de menos calor, adaptando, si es necesario, los horarios de trabajo.
  5. Prever fuentes de agua potable próximas a los puestos de trabajo. Asegurar el suministro suficiente de agua fresca y aleccionar a los trabajadores y trabajadoras para que la beban con frecuencia.
  6. Habilitar zonas de sombra o locales con aire acondicionado para el descanso del personal. En las pausas, descansar en lugares frescos y a la sombra.
  7. Reducir la temperatura en interiores favoreciendo la ventilación natural, usando ventiladores (no utilizar en temperaturas superiores a 33ºC), aire acondicionado, etc.
  8. Distribuir el volumen de trabajo e incorporar ciclos de trabajo-descanso. Es preferible realizar ciclos breves y frecuentes de trabajo-descanso que períodos largos de trabajo y descanso.
  9. Limitar el tiempo o la intensidad de la exposición, haciendo rotaciones de tarea, siempre que haya sitios con menor exposición que lo permitan.
  10. En la medida de lo posible, permitir a la persona trabajadora adaptar su propio ritmo de trabajo.
  11. Evitar el trabajo en solitario.
  12. Optar siempre por la mejor técnica de trabajo posible para reducir el esfuerzo físico.
  13. Formar adecuadamente a los trabajadores y trabajadoras para que conozcan los síntomas de los trastornos producidos por el calor e identifiquen las señales y síntomas del estrés térmico: mareo, náuseas y vómitos, palidez, dificultades respiratorias, palpitaciones, sed extrema, piel seca y caliente, ausencia de sudoración, convulsiones, pupilas dilatadas y pérdida de consciencia.
  14. Hacer que el personal Conozca los primeros auxilios que se han de aplicar ante una persona expuesta a un golpe de calor.
  15. Informar a las personas trabajadoras para evitar beber alcohol o bebidas con cafeína, ya que deshidrata el cuerpo y aumenta el riesgo de sufrir enfermedades debidas al calor; también hay que evitar las comidas calientes y pesadas.
  16. Proveer y utilizar ropa amplia y ligera (algodón y lino), que cubra piernas y brazos, de colores claros que absorban el sudor y que sean permeables al aire y al vapor.
  17. Proteger la cabeza del sol con casco, gorra o sombrero de ala ancha, según sea el trabajo realizado y el resultado de la evaluación de riesgos.
  18. Utilizar cremas de alta protección contra el sol.

Como puede comprobarse, muchas de estas medidas preventivas son de carácter organizativo y pueden aplicarse con relativa facilidad.

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