Universidades fija los plazos de renovación de la acreditación de títulos universitarios

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La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), los plazos y el procedimiento para solicitar la renovación de la acreditación de los títulos universitarios oficiales impartidos en la Comunitat Valenciana, que deban renovar su acreditación en el ejercicio 2022.


El programa para la renovación de la acreditación de las titulaciones oficiales de las universidades valencianas tiene como objetivo verificar si los resultados alcanzados, al obtener un título universitario, son adecuados y se ajustan a los compromisos adquiridos con su creación.


Deben someterse a este procedimiento de reacreditación cada seis años, desde su verificación inicial o desde la última acreditación, los títulos universitarios de grado y de doctorado, mientras que los títulos universitarios de máster renovarán su acreditación cada cuatro años.


Los plazos establecidos para la presentación de solicitudes por parte de las universidades son del 13 al 24 de septiembre de 2021, para los títulos cuya acreditación deba ser renovada entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2022; del 15 al 26 de noviembre de 2021, para los títulos que deban ser renovados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022; del 10 al 21 de enero de 2022, para los que deban ser renovados entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2022; y por último, del 1 al 13 de abril de 2022 para los títulos cuya acreditación deba renovarse en el último trimestre del año.


La reacreditación de los títulos universitarios asegura la continuidad de la impartición del título hasta la siguiente renovación de la acreditación, garantizando la calidad de la formación y la adquisición de competencias de los estudiantes universitarios valencianos.


El procedimiento se inicia con la presentación de las solicitudes por parte de las universidades. La Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP), elaborará una propuesta de informe que remitirá a las universidades para que, en su caso, presenten alegaciones. El informe definitivo es remitido al Consejo de Universidades, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a la Conselleria de Universidades. Por último, el Consejo de Universidades dictará la correspondiente resolución.

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